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 CONTRATO DE LOS JUGADORES EN EL FÚTBOL
JONATHAN IGLESIAS | @JonyIglesiasPal | ESPECIALISTA EN DERECHO DEPORTIVO 



CONTRATOS DE JUGADORES EN EL FÚTBOL PROFESIONAL: 
REQUISITOS MÍNIMOS

La Circular Nº 1171, de 24 de noviembre de 2008, de la FIFA recoge los requisitos mínimos que deberían de tener los contratos estándar de jugadores en el fútbol profesional. Es el estándar mínimo para cubrir los derechos y deberes de las partes de un contrato, además de servir de base en posteriores discusiones entre las partes involucradas.

A la hora de elaborar el documento (el contrato) ambas partes deben de tener en cuenta varios aspectos:
a)     Legislación nacional, especialmente las relativas a cláusulas contractuales.
b)    Los convenios colectivos si los hubiera.
c)     Las disposiciones de los órganos federativos: Estatutos, Reglamentos…etc.

Los contratos entre jugadores y clubes en el fútbol profesional deben de contener la firma válida de ambas partes. En el caso de los menores de edad, se requiere la firma del padre, madre o tutor.  En relación con este último punto, un menor de edad puede firmar un contrato profesional sin que la Federación Salvadoreña de Fútbol se lo impida.  Cada contrato tendrá cuatro copias: una para cada una de las partes, otra para la liga profesional y otra para la federación, que es la encargada de registrarlo.

El contrato deberá de contener los derechos del club y del jugador respecto a una posible prórroga y/o terminación anticipada del mismo. La terminación unilateral anticipada deberá de estar justificada.

Deberá de existir un apartado de definiciones donde se recogerán los conceptos claves que no estén expresamente definidos en el contrato.

Este documento (contrato) constituye un contrato laboral para un jugador profesional. Se aplicará la legislación nacional siempre y cuando no se haya acordado otra cosa. El contrato laboral deberá de contener todos los derechos y las obligaciones de las partes (empleado y empleador). No podrá existir ningún otro contrato que fundamente dicha relación. Los contratos adicionales al contrato original deberán de enviarse a la liga profesional y/o a la federación.

El contrato deberá de regular todas las obligaciones económicas del club: Salario, primas, vivienda, vehículo, seguro de enfermedad y accidente (según lo establecido en la ley nacional), seguro de pensiones, contribuciones sociales (según lo establecido en la ley nacional). El contrato deberá de fijar la divisa, el importe del pago, el día en que se pagará y la forma (cheque, cuenta bancaria, en efectivo…etc). El contrato deberá de regular las diferentes situaciones económicas del club en caso de aumentos o disminuciones respecto a los ingresos del club. También se acordará el pago de los impuestos y a quien le corresponde la carga fiscal. El contrato también deberá de garantizar que aquellos jugadores jóvenes profesionales puedan proseguir sus estudios. Las vacaciones, ausencias temporales, deberán de quedar establecidas en el contrato.

En el contrato se deberá de mencionar la política sanitaria y de seguridad del club: seguro obligatorio de enfermedad y accidente para el jugador, así como revisiones médicas y dentales regulares. También deberá de contener indicaciones sobre el dopaje y sus consecuencias.

Los derechos de imagen y las cesiones son dos de los aspectos que debe de contener el documento que regula la relación laboral entre el club y el jugador profesional de fútbol.
Ambas partes (jugador de fútbol profesional y club) deben de tener en cuenta estos requisitos mínimos como base para establecer la relación laboral que los vinculará durante un determinado período de tiempo.

Defender nuestros derechos, también nos hace más profesionales. 

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