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CONTRATO DE LOS JUGADORES EN EL FÚTBOL
JONATHAN IGLESIAS | @JonyIglesiasPal | ESPECIALISTA EN DERECHO DEPORTIVO
CONTRATOS DE JUGADORES EN EL FÚTBOL PROFESIONAL:
REQUISITOS MÍNIMOS
La Circular Nº
1171, de 24 de noviembre de 2008, de la FIFA recoge los requisitos mínimos
que deberían de tener los contratos estándar de jugadores en el fútbol
profesional. Es el estándar mínimo para cubrir los derechos y deberes de las
partes de un contrato, además de servir de base en posteriores discusiones
entre las partes involucradas.
A la hora de
elaborar el documento (el contrato) ambas partes deben de tener en cuenta
varios aspectos:
a)
Legislación nacional, especialmente las
relativas a cláusulas contractuales.
b)
Los convenios colectivos si los hubiera.
c)
Las disposiciones de los órganos
federativos: Estatutos, Reglamentos…etc.
Los contratos
entre jugadores y clubes en el fútbol profesional deben de contener la firma
válida de ambas partes. En el caso de los menores
de edad, se requiere la firma del padre, madre o tutor. En relación con este último punto, un menor
de edad puede firmar un contrato profesional sin que la Federación Salvadoreña
de Fútbol se lo impida. Cada contrato
tendrá cuatro copias: una para cada una de las partes, otra para la liga
profesional y otra para la federación, que es la encargada de registrarlo.
El contrato
deberá de contener los derechos del club y del jugador respecto a una posible
prórroga y/o terminación anticipada del mismo. La terminación unilateral
anticipada deberá de estar justificada.
Deberá de
existir un apartado de definiciones donde se recogerán los conceptos claves que
no estén expresamente definidos en el contrato.
Este documento
(contrato) constituye un contrato laboral para un jugador profesional. Se
aplicará la legislación nacional siempre y cuando no se haya acordado otra
cosa. El contrato laboral deberá de contener todos los derechos y las
obligaciones de las partes (empleado y empleador). No podrá existir ningún otro
contrato que fundamente dicha relación. Los contratos adicionales al contrato
original deberán de enviarse a la liga profesional y/o a la federación.
El contrato
deberá de regular todas las obligaciones económicas del club: Salario, primas,
vivienda, vehículo, seguro de enfermedad y accidente (según lo establecido en
la ley nacional), seguro de pensiones, contribuciones sociales (según lo
establecido en la ley nacional). El contrato deberá de fijar la divisa, el
importe del pago, el día en que se pagará y la forma (cheque, cuenta bancaria,
en efectivo…etc). El contrato deberá de regular las diferentes situaciones
económicas del club en caso de aumentos o disminuciones respecto a los ingresos
del club. También se acordará el pago de los impuestos y a quien le corresponde
la carga fiscal. El contrato también deberá de garantizar que aquellos
jugadores jóvenes profesionales puedan proseguir sus estudios. Las vacaciones,
ausencias temporales, deberán de quedar establecidas en el contrato.
En el contrato
se deberá de mencionar la política sanitaria y de seguridad del club: seguro
obligatorio de enfermedad y accidente para el jugador, así como revisiones
médicas y dentales regulares. También deberá de contener indicaciones sobre el
dopaje y sus consecuencias.
Los derechos de
imagen y las cesiones son dos de los aspectos que debe de contener el documento
que regula la relación laboral entre el club y el jugador profesional de fútbol.
Ambas partes
(jugador de fútbol profesional y club) deben de tener en cuenta estos
requisitos mínimos como base para establecer la relación laboral que los
vinculará durante un determinado período de tiempo.
Defender
nuestros derechos, también nos hace más profesionales.
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