la COLUMNA DE Jonathan iglesias: EL CUMPLIMIENTO DE LOS CONTRATOS: ASIGNATURA PENDIENTE EN EL SALVADOR


EL CUMPLIMIENTO DE LOS CONTRATOS: ASIGNATURA PENDIENTE EN EL SALVADOR.
JONATHAN IGLESIAS | @JonyIglesiasPal | ESPECIALISTA EN DERECHO DEPORTIVO



 Los clubes de la Primera División de Fútbol de El Salvador todavía están lejos del profesionalismo. Una de las causas es el incumplimiento de los contratos por parte de las instituciones deportivas.

Las obligaciones contractuales son una asignatura pendiente en el balompié profesional salvadoreño.




La relación contractual entre un jugador profesional y un club se rige por el Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores de FIFA, cuando existe una connotación o característica internacional 



(Ejemplo: club salvadoreño-jugador panameño) o cuando la respectiva asociación no ha establecido un reglamento para proteger la estabilidad contractual.



El artículo 13 de esta norma establece el cumplimiento de los contratos. Un contrato entre un jugador profesional de fútbol y un club sólo puede rescindirse de dos maneras:





 a)     Al vencimiento del mismo  b) de mutuo acuerdo. 


O un contrato NO PUEDE rescindirse de manera unilateral durante la temporada. La existencia de una causa justificada por la cual rescindir el contrato entre el jugador y el club no conllevaría pago de indemnización o sanciones deportivas.



Si el jugador participara en menos del 10% de los partidos oficiales disputados por su club durante una temporada, el contrato podrá rescindirse de manera anticipada por causa deportiva justificada.



Si un club o un jugador decidieran rescindir un contrato de manera unilateral y sin causa justificada durante el transcurso de la temporada, podrán ser objeto de sanciones y pago de indemnizaciones.

Cualquier persona que induzca a un jugador a rescindir de manera unilateral el contrato para facilitar una transferencia, también será sancionada (siempre y cuando esté sujeta a los Estatutos y reglamentos de la FIFA).



¿Qué puede hacer un jugador que le queda un año y medio de contrato con un club y no entra en los planes del entrenador?


Lo primero es aceptar que le queda un año y medio de relación contractual con esa institución y debe de cumplirlo.

Lo segundo es buscar una salida legal: transferencia (definitiva o a préstamo) o rescisión del contrato por mutuo acuerdo.



¿Tiene obligación el club de seguir cumpliendo sus obligaciones contractuales con el jugador si no entra en los planes del entrenador?


Si. El artículo 12 bis del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores de FIFA establece que los clubes DEBEN de cumplir con sus obligaciones económicas contraídas son los jugadores, en base a las condiciones estipuladas en los contratos.



¿Qué sucedería si el club no cumple con sus obligaciones económicas?


En caso de que el club se retrase en los pagos o no pague al jugador, este podrá denunciarlo ante la Cámara de Resolución de Disputas de FIFA. De conformidad al artículo 12 bis apartado 2 del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores de FIFA, un club podrá ser sancionado cuando se retrase en sus pagos por más de 30 días y no exista, a primera vista, base contractual que lo contemple.



¿Qué tipo de sanciones podría recibir el club?


Según el artículo 12 bis apartado 4 del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores de FIFA, un club podría recibir las siguientes sanciones: 
a) advertencias
b) apercibimiento
c) multa
d) prohibición de inscribir nuevos jugadores, tanto en el ámbito nacional como en el internacional, durante uno o dos periodos de inscripción completos y consecutivos.






Jonathan Iglesias Palacio

Especialista en Derecho Deportivo

@JonyIglesiasPal

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